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Intentar matar a una expareja con chocolate envenenado: el Tribunal Supremo confirma una condena de 12 años y medio de prisión

El Alto Tribunal ratifica la condena por tentativa de asesinato al considerar acreditado que la acusada suministró raticida oculto en un alimento con la intención de acabar con la vida de la víctima

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado

Introducción

Los delitos contra la vida ocupan el máximo nivel de protección dentro del Código Penal español. Cuando una persona planifica cuidadosamente la forma de acabar con la vida de otra, utilizando métodos que impiden a la víctima defenderse, la respuesta de los tribunales es especialmente severa.

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 12 años y medio de prisión impuesta a una mujer que intentó asesinar a su expareja suministrándole chocolate contaminado con raticida.

Aunque la víctima logró sobrevivir, las consecuencias del envenenamiento fueron de tal gravedad que le fue reconocida posteriormente una incapacidad permanente absoluta, reflejo del enorme daño físico sufrido.

La resolución constituye un importante pronunciamiento sobre los delitos de tentativa de asesinato mediante envenenamiento y sobre la especial gravedad de aquellas conductas ejecutadas de forma premeditada y mediante procedimientos que dificultan cualquier posibilidad de defensa de la víctima.


Los hechos

Según los hechos declarados probados por los tribunales, la acusada suministró a su expareja un alimento —concretamente chocolate— al que previamente había incorporado una sustancia tóxica, consistente en raticida.

La víctima consumió el alimento sin conocer la presencia del veneno, sufriendo gravísimas consecuencias para su salud.

Pese a la gravedad del envenenamiento, consiguió sobrevivir gracias a la asistencia médica recibida.

No obstante, las secuelas resultaron permanentes y de enorme entidad.

De hecho, mediante resolución administrativa dictada en noviembre de 2021 le fue reconocida una incapacidad permanente absoluta, al quedar imposibilitado para el ejercicio de cualquier profesión.


¿Por qué se trata de una tentativa de asesinato?

Uno de los aspectos jurídicos más relevantes del caso es la calificación de los hechos como tentativa de asesinato.

El Código Penal distingue entre homicidio y asesinato.

El asesinato concurre cuando la muerte se produce o se intenta producir concurriendo determinadas circunstancias agravantes, entre ellas la alevosía, el ensañamiento o el precio, recompensa o promesa.

En este supuesto, los tribunales consideraron que el método utilizado reunía las características propias de la alevosía.


La alevosía en el envenenamiento

La alevosía existe cuando el autor emplea medios que aseguran la ejecución del delito eliminando o reduciendo las posibilidades de defensa de la víctima.

El envenenamiento constituye uno de los ejemplos clásicos de conducta alevosa.

Quien consume un alimento aparentemente normal desconoce completamente que está siendo víctima de un ataque contra su vida.

Ello impide cualquier reacción defensiva y sitúa al agresor en una posición de absoluta superioridad.

Precisamente por esa razón, el Tribunal Supremo confirma la calificación de tentativa de asesinato.


La tentativa también se castiga

Muchas personas creen erróneamente que solo existe responsabilidad penal cuando la víctima fallece.

Sin embargo, el Código Penal castiga también las tentativas cuando el autor inicia la ejecución del delito con intención de consumarlo, aunque finalmente el resultado no llegue a producirse por circunstancias ajenas a su voluntad.

En este caso, la muerte no se produjo gracias a la intervención médica y no porque la autora desistiera voluntariamente de su actuación.

Por ello, la responsabilidad penal subsiste plenamente.


La importancia de la intención del autor

En los delitos contra la vida resulta esencial acreditar el denominado animus necandi, es decir, la intención de matar.

Los tribunales valoran múltiples circunstancias para determinar esa voluntad, entre ellas:

  • el medio empleado;
  • la cantidad de sustancia tóxica utilizada;
  • la forma de administración;
  • la planificación de los hechos;
  • y el riesgo objetivo generado para la vida de la víctima.

En este procedimiento, el conjunto de la prueba permitió concluir que la finalidad perseguida era acabar con la vida de la expareja.


Las secuelas de la víctima

Aunque la víctima sobrevivió, las consecuencias fueron devastadoras.

La resolución recuerda que las lesiones sufridas provocaron un deterioro permanente de su estado de salud que motivó el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta.

Esta circunstancia pone de manifiesto que los efectos de una tentativa de asesinato pueden acompañar a la víctima durante el resto de su vida, incluso cuando no llega a producirse el fallecimiento.

Además de las consecuencias físicas, este tipo de hechos suele generar importantes secuelas psicológicas y emocionales.


La protección penal frente a la violencia en las relaciones personales

El caso también evidencia la especial gravedad que adquieren los delitos cometidos en el contexto de relaciones sentimentales o exparejas.

Aunque cada procedimiento debe analizarse individualmente conforme a los hechos acreditados, los tribunales valoran con especial rigor aquellas conductas que aprovechan la confianza existente entre las partes para ejecutar un ataque contra la vida o la integridad física.

La utilización de un alimento aparentemente inocuo como vehículo para administrar una sustancia letal constituye un claro ejemplo de esa quiebra absoluta de la confianza.


La respuesta del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo confirma íntegramente la condena impuesta en las instancias anteriores.

El Alto Tribunal considera correctamente valorada la prueba y entiende que concurren todos los elementos necesarios para apreciar la tentativa de asesinato.

La sentencia reafirma la doctrina consolidada sobre la especial gravedad del envenenamiento como medio de ejecución y recuerda que la ausencia del resultado mortal no elimina la responsabilidad cuando la intención homicida ha quedado acreditada.


Reflexión jurídica

De esta importante resolución pueden extraerse varias conclusiones:

  • El envenenamiento constituye uno de los métodos clásicos que pueden integrar la alevosía propia del delito de asesinato.
  • La tentativa de asesinato se castiga aunque la víctima sobreviva, cuando la muerte no llega a producirse por causas ajenas al autor.
  • La intención de matar puede deducirse de las circunstancias objetivas del caso y del medio empleado.
  • Las gravísimas secuelas permanentes sufridas por la víctima evidencian la extraordinaria gravedad de este tipo de delitos.
  • El Tribunal Supremo mantiene una interpretación especialmente rigurosa frente a los ataques planificados contra la vida.

Conclusión

La sentencia del Tribunal Supremo confirma la firme respuesta del ordenamiento jurídico frente a los delitos que atentan contra el bien jurídico más importante: la vida humana.

El intento de acabar con la vida de una expareja mediante la administración de chocolate contaminado con raticida representa una conducta especialmente grave por la planificación del ataque, el empleo de un medio insidioso y la absoluta indefensión en la que quedó situada la víctima.

Aunque el fallecimiento no llegó a producirse, las secuelas derivadas del envenenamiento fueron tan severas que determinaron el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta, reflejando el enorme impacto que este tipo de delitos puede tener sobre la vida de quienes los sufren.

La resolución constituye un claro ejemplo de cómo el Derecho Penal protege la vida no solo frente a los resultados consumados, sino también frente a los intentos deliberados de acabar con ella mediante procedimientos especialmente peligrosos y traicioneros.

Si necesita asesoramiento sobre delitos contra la vida, tentativa de asesinato, lesiones graves, responsabilidad civil derivada del delito o defensa en procedimientos penales, puede contactar con Luis Ferrer Abogado en:

www.luisferrer.abogado