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Las residencias de mayores pueden poner radio y televisión sin pagar derechos de autor

El TJUE descarta que exista “comunicación al público” cuando la señal se distribuye internamente a las habitaciones

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado


Introducción

La utilización de radio y televisión en hoteles, hospitales, residencias y otros establecimientos ha generado durante años importantes conflictos sobre el pago de derechos de autor.

Una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha aclarado una cuestión especialmente relevante para el sector asistencial: las residencias de mayores no tienen que pagar derechos de autor por retransmitir radio y televisión a las habitaciones mediante una red interna de cable.


La cuestión jurídica

El debate giraba en torno a una cuestión clave:

¿Existe “comunicación al público” cuando una residencia distribuye la señal de radio o televisión dentro del edificio?

¿Debe pagar por ello derechos de propiedad intelectual?


El criterio del TJUE

El Tribunal de Justicia responde de forma clara:

no existe comunicación al público en este supuesto

La Sala considera que:

  • la mera distribución interna de la señal,
  • a través de una red de cable dentro de la residencia,
  • no constituye una nueva comunicación pública protegida por derechos de autor.

Qué significa “comunicación al público”

En propiedad intelectual:

la comunicación al público implica poner una obra a disposición de un público nuevo

Por ejemplo:

  • retransmisiones comerciales,
  • emisiones abiertas,
  • o difusión con finalidad económica relevante.

Diferencia con hoteles o establecimientos comerciales

El TJUE distingue este caso de otros supuestos:

como hoteles, bares o locales comerciales

Donde:

  • sí puede existir un aprovechamiento económico directo de la retransmisión.

En las residencias de mayores:

  • la finalidad es asistencial y residencial,
  • no comercial o lucrativa.

Red interna de cable

Uno de los aspectos decisivos es este:

la señal llegaba a las habitaciones mediante una red interna cerrada

Es decir:

  • no existía una nueva emisión pública independiente,
  • sino una simple distribución técnica dentro del centro.

Protección de las residencias

La sentencia tiene una gran importancia práctica porque:

evita costes adicionales para muchas residencias y centros asistenciales

Especialmente en un sector:

  • con importantes necesidades económicas y sociales.

Derechos de autor y límites

El TJUE recuerda que:

la protección de los derechos de autor tiene límites razonables

No toda utilización de radio o televisión:

  • genera automáticamente obligación de pago.

Importancia social de la resolución

El tribunal también tiene en cuenta:

la función social y asistencial de estos centros

La radio y televisión:

  • forman parte del bienestar cotidiano de los residentes,
  • especialmente en personas mayores o dependientes.

Consecuencias jurídicas

Como resultado:

  • las residencias no tendrán que abonar derechos de autor en este supuesto concreto,
  • cuando exista únicamente distribución interna de señal.

Importancia práctica

Esta resolución es especialmente relevante para:

  • residencias de mayores,
  • centros asistenciales,
  • hospitales,
  • y entidades del ámbito sociosanitario.

Reflexión jurídica

De esta sentencia se desprenden varias conclusiones importantes:

  • No toda retransmisión implica “comunicación al público”.
  • La finalidad asistencial tiene relevancia jurídica.
  • La distribución interna por cable no equivale a una nueva emisión pública.
  • Los derechos de autor deben interpretarse de forma proporcionada.

Conclusión

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea lanza un mensaje claro:

las residencias de mayores no realizan una comunicación pública cuando distribuyen internamente señales de radio y televisión

La protección de la propiedad intelectual no puede extenderse automáticamente a actividades asistenciales sin verdadera explotación pública o comercial de las obras.


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