El Tribunal Supremo cambia las reglas del derecho al olvido: ya no hace falta una resolución judicial o de la AEPD para exigir la retirada de contenidos
La Sala de lo Civil establece que la negativa de un buscador tras la reclamación del afectado es suficiente para considerar que tiene «conocimiento efectivo» de la posible vulneración de derechos Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado Introducción Internet ha cambiado para siempre la forma en que accedemos a la información. Una noticia publicada hace […]