ACTUALIDAD JUDICIAL
El magistrado indica que realiza las mismas funciones de forma constante y continuada, cubiertos temporalmente por sucesivos contratos de interinidad
El Juzgado Contencioso nº 17 de Barcelona ha estimado el recurso presentado por un trabajador interino de la Diputación de Barcelona y acuerda que se le reconozca el derecho a mantener su lugar de trabajo con los mismos derechos y mismo régimen que los funcionarios de carrera, a pesar de no tener la misma condición.
En su sentencia, el magistrado concluye en el caso de este trabajador que “la única conclusión razonable a la que se puede llegar es que, efectivamente, el contrato es abusivo”, pues realiza las mismas funciones de forma constante y continuada, cubiertos temporalmente por sucesivos contratos de interinidad. Asimismo, recalca que esta situación es debida al incumplimiento por parte del empleador de su obligación legal de organizar un proceso selectivo y que la duración de la interinidad del actor es injustificadamente larga.
Además, la resolución también señala que el puesto de trabajo que ocupa el trabajador es de carácter estructural, es decir, atiende a cubrir necesidades ordinarias estables y permanentes.
“A todos estos hechos hay que añadir que para ocupar su plaza el señor XX accedió a su puesto de trabajo a través de la modalidad de concurso, valoración de méritos, conocimiento del catalán y presentación de una memoria, y que se trataba de un nombramiento inicial para seis meses, considerados como períodos de prueba. Es evidente que superó tal periodo de prueba, lo que resulta evidente a la vista de la duración del contrato y hasta incluso su ascenso a la categoría profesional superior”, concluye.
Fuente de la noticia: «www.poderjudicial.es»