La colocación de un cartel durante las obras de fachada provocó pérdidas económicas al establecimiento
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
Las obras en edificios y comunidades de propietarios suelen generar molestias temporales, pero en ocasiones sus consecuencias pueden afectar gravemente a los negocios ubicados en los locales comerciales del inmueble.
Una reciente sentencia ha condenado a una comunidad de propietarios a indemnizar a un local comercial por los daños económicos sufridos tras la colocación de una lona publicitaria que cubría parcialmente el establecimiento durante unas obras de fachada.
Los hechos
El caso analizaba unas obras de rehabilitación en un edificio en las que:
- se instalaron andamios en la fachada,
- cubiertos posteriormente con una gran lona publicitaria.
El cartel:
- ocultaba parcialmente la visibilidad del local comercial situado en el inmueble,
- dificultando su identificación por clientes y transeúntes.
Como consecuencia:
- el negocio sufrió una importante reducción de clientes y ventas.
La cuestión jurídica
El debate era especialmente relevante:
¿Puede una comunidad de propietarios ser responsable de las pérdidas económicas de un local durante unas obras?
¿La colocación de una lona genera derecho a indemnización?
El criterio del tribunal
La sentencia concluye que:
sí existe responsabilidad de la comunidad de propietarios
El tribunal entiende acreditado que:
- la lona afectó negativamente a la actividad comercial del establecimiento,
- provocando un perjuicio económico real y cuantificable.
Derecho a no sufrir daños desproporcionados
La resolución recuerda que:
las obras comunitarias son legítimas,
pero no pueden causar daños desproporcionados a terceros.
Especialmente cuando:
- existen locales abiertos al público,
- cuya actividad depende de la visibilidad y acceso del negocio.
Importancia de la visibilidad comercial
Uno de los aspectos clave fue este:
la pérdida de exposición del local frente a potenciales clientes.
El tribunal considera que:
- la lona alteró significativamente la percepción y acceso al comercio,
- reduciendo su atractivo comercial.
Responsabilidad civil de la comunidad
La comunidad de propietarios:
- debe responder de los daños causados por decisiones adoptadas en beneficio común,
- cuando dichas actuaciones generan perjuicios concretos y acreditados.
Prueba de las pérdidas
Para obtener la indemnización:
resultó fundamental acreditar el descenso de actividad económica.
La sentencia tuvo en cuenta:
- caída de ventas,
- reducción de clientes,
- y relación directa con la instalación de la lona.
Obras y derechos de los locales comerciales
La resolución recuerda que:
las comunidades deben actuar con proporcionalidad durante las obras.
En determinados casos:
- pueden ser necesarias medidas alternativas,
- compensaciones,
- o limitaciones temporales menos perjudiciales.
Consecuencias jurídicas
Como resultado:
- la comunidad de propietarios deberá indemnizar al local afectado,
- por los perjuicios económicos sufridos durante las obras.
Importancia práctica
Esta sentencia es especialmente relevante para:
- comunidades de propietarios,
- locales comerciales,
- negocios situados en edificios en obras,
- y reclamaciones por responsabilidad civil.
Reflexión jurídica
De esta resolución se desprenden varias conclusiones importantes:
- Las comunidades pueden responder por daños económicos causados durante obras.
- La visibilidad de un negocio forma parte de su actividad comercial protegida.
- Las actuaciones comunitarias deben ser proporcionales y razonables.
- Las pérdidas económicas pueden ser indemnizables si se acreditan adecuadamente.
Conclusión
La sentencia lanza un mensaje claro:
las obras comunitarias no eximen de responsabilidad cuando causan perjuicios económicos relevantes a terceros
Las comunidades de propietarios deben compatibilizar las reparaciones necesarias del edificio con el respeto a los derechos e intereses legítimos de los negocios afectados.
Si necesitas asesoramiento en comunidades de propietarios, responsabilidad civil o reclamaciones por daños económicos, puedes contactar en:
www.luisferrer.abogado