Agacharse para rezar o cargar peso es incompatible con estar de baja por lumbalgia, sentencia el TSJ de Canarias

ARTICULO DE OPINION

La reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Canarias ha generado un intenso debate al resolver que ciertas actividades como agacharse para rezar o cargar peso son incompatibles con una baja médica por lumbalgia. Este fallo no solo establece un precedente importante en la interpretación de las bajas médicas, sino que también arroja luz sobre las responsabilidades y derechos de los trabajadores en situaciones de incapacidad temporal.

Contexto del caso

El caso analizado por el TSJ surgió cuando una empresa impugnó la baja médica de un trabajador diagnosticado con lumbalgia, alegando que su actividad diaria mostraba una recuperación incompatible con dicha incapacidad. Las pruebas clave presentadas incluyeron registros fotográficos y testimonios que evidenciaban al trabajador realizando esfuerzos físicos, como cargar objetos pesados y adoptar posturas exigentes para actividades no laborales.

La empresa argumentó que estas acciones demostraban una capacidad funcional suficiente para retomar sus labores. El trabajador, por su parte, defendió que dichas actividades eran esporádicas y no representaban su estado general de salud.

Criterios del TSJ

El tribunal resolvió a favor de la empresa, señalando que la baja médica exige coherencia entre el diagnóstico y las actividades del trabajador. Entre los puntos destacados de la sentencia, se encuentran:

  1. Incompatibilidad funcional: El tribunal concluyó que el hecho de agacharse repetidamente para rezar o levantar peso contradice los síntomas típicos de la lumbalgia aguda, que suelen limitar los movimientos de flexión y esfuerzos físicos.
  2. Observancia de la recuperación: Durante el periodo de baja, el trabajador tiene el deber de seguir las recomendaciones médicas y evitar actividades que puedan agravar su lesión. El incumplimiento de estas directrices puede considerarse una falta de diligencia en el proceso de recuperación.
  3. Pruebas objetivas: La decisión se basó en pruebas documentales y testimonios sólidos que demostraban la realización de actividades contrarias al reposo recomendado.

Implicaciones legales

Este fallo subraya la importancia de actuar con prudencia y coherencia durante una baja médica. Según la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), las bajas por incapacidad temporal tienen como finalidad garantizar que el trabajador se recupere de forma adecuada, permitiéndole reincorporarse a su puesto en condiciones óptimas. Actividades que contradigan el diagnóstico médico pueden dar lugar a:

  • Extinción de la baja médica: La empresa puede solicitar la revisión del diagnóstico y, si corresponde, la finalización anticipada de la baja.
  • Despido disciplinario: Si se acredita una conducta que implique fraude o abuso del derecho, el empleador puede optar por rescindir el contrato.
  • Reclamaciones económicas: En algunos casos, el incumplimiento puede generar responsabilidades patrimoniales hacia la Seguridad Social o la mutua correspondiente.

Recomendaciones para los trabajadores

  1. Cumplir con las indicaciones médicas: Es crucial seguir las recomendaciones de reposo y tratamiento del médico para evitar agravar la lesión.
  2. Evitar actividades físicas intensas: Incluso fuera del entorno laboral, es necesario ser consciente de que cualquier actividad que comprometa la recuperación puede ser utilizada como prueba en contra.
  3. Mantener una comunicación clara con el empleador: Informar sobre el estado de salud y justificar posibles excepciones a las restricciones médicas puede prevenir conflictos legales.

Conclusión

La sentencia del TSJ de Canarias destaca la relevancia de la coherencia entre la incapacidad médica y las actividades cotidianas del trabajador. Este fallo no solo refuerza la necesidad de actuar con responsabilidad durante una baja médica, sino que también sirve como recordatorio de que cualquier conducta contraria a las directrices médicas puede tener consecuencias legales. Para trabajadores y empleadores, este caso subraya la importancia de actuar dentro de los límites de la buena fe y el respeto mutuo en el marco laboral.

Luis Ferrer. Abogado