El Tribunal Supremo establece que no hay limitación para ejercer la acción penal en las parejas ya disueltas o en trámite de separación
ACTUALIDAD TRIBUNAL SUPREMO La Sala Penal del Tribunal Supremo en la sentencia 195/2024 de 29 de febrero (rec. 1079/2022) ha ratificado en una sentencia que la limitación para ejercer la acción penal contra el cónyuge, que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no rige a partir de la ruptura de la pareja. Hechos En aplicación de ese criterio, estima el recurso de dos …