El Tribunal Supremo impide modificar unilateralmente el porcentaje de teletrabajo pactado con el trabajador
La Sala de lo Social declara que la empresa no puede reducir el trabajo a distancia mediante el procedimiento del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores: hace falta un nuevo acuerdo individual y por escrito Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado Introducción El teletrabajo ha dejado de ser una medida excepcional para convertirse en